Créditos fiscales cancelados o condonados
VencidaObligaciones específicas de los municipiosFinanzas
Información pendiente de publicar
No se publicó el segundo trimestre de 2026 (venció el 30 de julio de 2026). Mientras tanto puede pedirla mediante una solicitud de acceso a la información.
Información publicada
| Periodo | Documentos | Área y fecha de actualización | Administración |
|---|---|---|---|
| Primer trimestre de 2026 | Información generada por Tesorería Municipal · Última actualización: | 2024-2027 | |
| Cuarto trimestre de 2025 | Información generada por Tesorería Municipal · Última actualización: | 2024-2027 |
Qué dice la ley
Texto literal de la fracción, tal como aparece en la publicación oficial.
El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyentes a quienes se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos;
Texto tomado de la publicación oficial (se abre en otra ventana); consultada el 1 de octubre de 2026.
Ficha de la obligación
- Aplicabilidad
- Aplica
- Validación
- En validación por la autoridad garante
- Área responsable
- Tesorería Municipal
- A quién corresponde
- El texto de la ley o el Anexo 3 de los Lineamientos Técnicos Generales la asignan expresamente a municipios, ayuntamientos o cabildos. Texto del Anexo 3: «Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Servicio de Administración Tributaria) en el Poder Ejecutivo Federal. En las entidades federativas la obligación recae en las respectivas Secretarías de Finanzas. En el caso de municipios, recae en el Gobierno municipal (Ayuntamiento) u homólogo.»
- Periodo de actualización
- Trimestral.
- Periodo de conservación
- Información del ejercicio en curso.
- Fuente de los periodos
- Lineamientos Técnicos Generales (DOF 30-12-2025), Anexo 2
- Estado
- No se publicó el segundo trimestre de 2026 (venció el 30 de julio de 2026).