Corredores y notarios públicos habilitados
No aplicaObligaciones específicas de los municipiosAsuntos jurídicos
Información publicada
Esta fracción no aplica al Ayuntamiento
Lineamientos Técnicos Generales, Anexo 3: «Esta fracción no aplica a los Municipios (Ayuntamientos)».
Qué dice la ley
Texto literal de la fracción, tal como aparece en la publicación oficial.
Los nombres de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como corredores y notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado;
Texto tomado de la publicación oficial (se abre en otra ventana); consultada el 1 de octubre de 2026.
Ficha de la obligación
- Aplicabilidad
- No aplica
- Validación
- En validación por la autoridad garante
- Área responsable
- —
- A quién corresponde
- El Anexo 3 de los Lineamientos Técnicos Generales señala expresamente que la fracción no aplica a los municipios. Texto del Anexo 3: «Poder Ejecutivo Federal en caso de corredoras públicas o corredores públicos a través de la Secretaría de Economía y notarios(as) del patrimonio inmobiliario a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; la Secretaría de Gobernación en representación del Gobierno Federal con los Gobiernos locales y con el Colegio Nacional del Notariado Mexicano. A los poderes ejecutivos estatales, aplica en el caso de las y los notarios públicos, cuyo nombramiento está a cargo de las Gobernadoras y los Gobernadores o Jefa(e) de Gobierno. Esta fracción no aplica a los Municipios (Ayuntamientos).»
- Periodo de actualización
- Trimestral.
- Periodo de conservación
- Información vigente.
- Fuente de los periodos
- Lineamientos Técnicos Generales (DOF 30-12-2025), Anexo 2
- Estado
- Declarada no aplicable en la tabla de aplicabilidad.